La Suprema Corte de Justicia aclara que no se liberó a ningún confeso , sin embargo, sí se le otorgó el amparo a Lorenzo Pérez Vázquez (y no Ruiz Vázquez) por portación de armas de uso exclusivo del ejército.
Aún sin haber sido excarcelado el amparo no se corresponde con las confesiones de Pérez Vázquez, que no dejan lugar a dudas. Son declaraciones realizadas mucho tiempo después de los hechos, cuando el CIDE ya había tomado su defensa, por lo que no se puede alegar que fueron arrancadas bajo tortura.
Sobre las armas de uso exclusivo del ejército, la confesión de Lorenzo Pérez Vázquez (no Ruiz Vázquez) dice:
«14 (…) Dos o tres días después, supe que los del grupo formado por los Tseltales habían discutido con el señor Antonio Santiz López y abandonaron el grupo devolviéndole dos cuernos de chivos y una Uzi . A mí me preguntó que si iba seguir con ellos a lo que le respondí que si porque ya estoy adentro. Entonces me dijo que cual de las cuatro armas tipo cuerno de chivo que se encontraban sobre su mesa me gustaba y que tomara una de ellas. Lo mismo le dijo a Roberto Méndez Gutiérrez, por lo que en ese momento tanto Roberto como yo tomamos un cuerno de chivo cada uno, quedando en la mesa el arma conocida como Uzi»
«28. A las ocho de la mañana (del 22 de diciembre de 1997) salimos del domicilio de Antonio Vázquez Secum, portando un cuerno de chivo, en compañía de José Musio Vázquez Luna, Antonio López Hernández, julio López Hernández, Agustín Santiz Gómez y Roberto Méndez Gutiérrez, portando también “cuernos de chivo”, y Agustín Santiz Gómez, con una Uzi».
(Tomado de Reconstrucción de las declaraciones ministeriales de Lorenzo Pérez Vázquez a la fiscalía especial del Caso Acteal del gobierno de Chiapas, hecha por el abogado defensor Javier Cruz Angulo).
Este amparo, al igual que todos los demás, también debió haber sido para efectos. Nada abona la SCJN si no promueve la reapertura de las investigaciones. Viene lo que sigue, el recurso de presunción de inocencia interpusto por el ya denostado CIDE.