Razones morales para el aborto legal

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Muchos argumentos se han puesto ya sobre la mesa en contra de la penalización del aborto, razones científicas, legales y políticas entre las principales. Yo quiero referirme a las razones morales para despenalizar el aborto, más aún, para asegurar que su práctica sea segura y por supuesto, legal. Lo hago fundamentalmente por una preocupación surgida a partir de leer muchos de los argumentos sobre la penalización del aborto, que rechazan vincular preceptos morales a los jurídicos, razonamiento que puede ser contrario a la protección de los derechos que se pretenden defender.

No existe precepto jurídico real que no esté influido por preceptos de tipo moral, simplemente por que la labor legislativa se enmarca en la esfera de lo político. El legislador creará leyes regido siempre por sus intereses y valores; la producción del derecho no es una ciencia pura, dado que se encuentra en el seno de un contexto histórico determinado (con perdón de los juristas kelsenianos, aunque lo dicho no implica que al derecho existente no se le pueda aplicar un análisis desde la propuesta teórica del derecho de Kelsen). Esos intereses y valores que rigen al legislador a la hora de crear leyes, deben ser sometidos a los intereses y valores de la ciudadanía, un interés colectivo y común, que le da su rasgo particular a la democracia, que hemos escogido como forma de gobierno.

La democracia tiene su fundamento en el reconocimiento de la dignidad de la persona, cuyos derechos, derivados de esa dignidad, son (o deberían ser) criterios de validez de todo el sistema jurídico, es decir, valores éticos que constituyen la moral de la ley. La igualdad política (una persona un voto), la igualdad jurídica (la balanza de la justicia) y yo agrego, la igualdad sustantiva (todos los derechos para todas y todos), tienen como fundamento ético la dignidad reconocida, de manera histórica, primero a los hombres propietarios, luego a los hombres blancos, y finalmente a los hombres y mujeres sin ninguna distinción, incluyendo, por supuesto, la no distinción por su condición sexual.

Reconocer que la persona tiene dignidad es aceptar que es un ser de fines, que existe (independientemente de la explicación teológica o científica) para ser libre, decidir su proyecto de vida y autodeterminarse, en otras palabras, la dignidad de la persona implica reconocernos como seres autónomos con la única restricción de no afectar la libertad y autonomía de los demás, dado el reconocimiento de la dignidad común a todas las personas.

Consecuentemente, ser libres y autónomos no puede excluir la determinación personal y exclusiva sobre nuestro cuerpo, esta es nuestra primera trinchera de autonomía; como seres de fines tenemos derecho a decidir sobre nuestra vida, incluyendo nuestro cuerpo, y a alcanzar libremente nuestros propios fines, incluyendo la maternidad. Ninguna persona puede ser considerada como medio, sin atacar su dignidad, tampoco como medio para la procreación. La libertad en un régimen democrático, es un valor público que tiene que ser protegido, garantizado y promovido, incluyendo la libertad de decidir sobre nuestro cuerpo.

Ahora bien, la vida también es un valor público derivado de nuestra condición de seres libres e iguales en dignidad y derechos. La vida es la condición primera de nuestra libertad y autonomía. Nos preocupa por ello que las mujeres no la arriesguen practicándose abortos clandestinos e inseguros, de la misma forma que estamos en contra de los feminicidios, los asesinatos y masacres o incluso el aborto. La vida es un valor tan importante como la libertad que le da sentido y la cualifica, la dignifica. Nadie desde la ética de la dignidad de la persona, está a favor del aborto como no lo está a favor de la maternidad obligada. Estamos entonces ante la confrontación de dos derechos igualmente valiosos, que deben ser protegidos sin que uno de ellos sea anulado o estaremos violando el principio de la dignidad de la persona.

De la misma manera que las personas no existen solas como entidades abstractas o de manera ideal, los derechos tampoco existen de manera absoluta y aislada. Bajo el reconocimiento de la dignidad igual de todas las personas, los derechos tienen límites que tienen que ser regulados por el Estado. Esos límites deben establecerse en base a la razón (y no al dogma) para garantizar la convivencia democrática, es decir, demostrando razonablemente que están encaminados a otorgar la máxima garantía posible para el respeto y protección de los derechos de las partes confrontadas. Lograr ese equilibrio es el arte del gobierno democrático.  Así, el aborto legal es una decisión política que responde al reconocimiento moral de la dignidad de la mujer y de la convivencia democrática, estableciéndose como el límite para la vigencia y convivencia de dos derechos igualmente valiosos pero enfrentados. No regular el aborto con criterios razonables, genera arbitrariedad, abuso, discriminación y vulnerabilidad.

La moral y el derecho no son excluyentes, argumentar lo contrario es pretender la arbitrariedad y el fraude legal. En democracia, el derecho debe ser la garantía y concreción de una ética pública basada en el reconocimiento de la igualdad en dignidad y derechos de todas las personas, los derechos y libertades como normas superiores de validez de la ley. Los vínculos entre democracia, reconocimiento de derechos y estado de derecho (sometimiento de los poderes), son indisolubles, son tres elementos que viven en simbiosis o no viven. Las entidades públicas y privadas deberíamos someternos a esa ética pública independientemente de nuestra religiosidad, y tomar en serio la democracia, con el único fin de lograr la paz.

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