La democracia en que vivimos III/IV

Crisis democrática

 La conjugación de la falta de legitimidad política, el cierre de espacios de diálogo, la debilidad institucional particularmente frente al crimen organizado y la creciente protesta social tanto civil como armada, se ha traducido en una profundización de la militarización de la policía y de la presencia de unidades del Ejército, por todo el territorio nacional en un literal estado de Guerra. Justificada como “guerra contra el narcotráfico” ha cobrado alrededor de 10 mil muertos en poco más de dos años de la administración calderonista, cerca de dos mil más que en el sexenio de Fox (El Universal, 13 de marzo de 2009).

Esta guerra que tiene el propósito formal de recuperar la seguridad en las calles, ha provocado exactamente lo opuesto, una escalada de violencia armada y el reforzamiento de las cárteles de la drogas que ahora controlan el secuestro, el mercado negro y cada vez más el comercio formal a través de la venta de seguridad, generando un verdadero estado de sitio y un terror generalizado. El estado actual de las cosas no tiene otro responsable que el gobierno federal, dado que ha decidido atacar el fuego con gasolina.

La guerra es lo opuesto al estado de derecho. Apostar a la militarización y a la violencia armada en lugar de fortalecer la institucionalidad para tener la capacidad de enfrentar el conflicto de manera pacífica, es rechazar definitivamente, a la posibilidad de una transición a un régimen democrático de derecho, traicionada y postergada por la nueva composición de la oligarquía política que aún gobierna el destino de México a la vieja usanza. 

Desobediencia civil, resistencia y democracia desde abajo

En los últimos años 7 años ha existido una creciente efervescencia social en México caracterizada por un sentimiento de inconformidad. A la falta de canales institucionales, la población ejerce, cada vez con mayor intensidad, el derecho a la protesta, como exigencia al Estado del resto de los derechos, expresados como agravios o daños producidos por el Estado mismo o que debiera proteger o corregir, debido a esto Roberto Gargarella lo caracteriza como el primer derecho (El derecho a la protesta, el primer derecho, Ad Hoc, 2005). 

Acciones de desobediencia civil como al llamada “resistencia al pago de la luz eléctrica” que se disemina por todo el territorio de Chiapas y extendiéndose a otras partes, tanto en comunidades rurales como urbanas, en donde no sólo se abstienen del pago sino que han construido toda una red de técnicos electricistas populares que reconectan la energía en comunidades y colonias, de manera organizada; o la gran extensión de radios comunitarias indígenas y populares que reivindican su derecho a la libertad de expresión y su derecho a la información, y operan sin concesiones dados sus inalcanzables requisitos. La desobediencia civil se caracteriza por desobedecer una obligación o una prohibición de manera consciente y pública, y de manera no violenta, apelando a un sentido de justicia comunitario. Hugo Bedau lo define así: “cualquiera comete un acto de desobediencia civil, si y sólo si, actúa de manera ilegal, pública, no violenta y conscientemente, con el fin de frustrar (alguna de) las leyes, políticas o decisiones de su gobierno” (citado por Gargarella, El derecho a la protesta).

Pero más allá, el derecho a la resistencia constituye, de acuerdo al mismo Gargarella, uno de los cuatro principios del constitucionalismo del siglo XVIII, junto con el carácter inalienable de derechos básicos, la de la legitimidad de la autoridad sobre el consenso de los gobernados, y la que establece que el primer deber de todo gobierno es el de proteger los derechos inalienables de toda persona. Locke afirmaba que el pueblo podía legítimamente resistir y finalmente derrocar al gobierno de turno en caso de que no fuera consecuente con el respeto de aquello derechos básicos, y a él se sumaban Jefferson, Buchanan, Gerson en Estados Unidos y Morelos en México  (Gargarella R. El derecho a resistir el derecho, Miño y Dávila, 2005). 

Gargarella señala que si el derecho no es expresión más o menos fiel de la voluntad de nuestra comunidad nacional, si no que se presenta como un conjunto de normas ajenas a nuestro designio y control, que afecta a los intereses más básicos de una mayoría de la población, pero frente al cual ésta aparece sometida, nos enfrentamos a una crisis tal en la que se dan las condiciones para el derecho a la resistencia, dado que quien sufre sistemáticamente la violación a sus derechos no tiene el deber de obedecer el derecho (Gargarella, 2005: 14).

La resistencia rechaza la legitimidad del Estado (normas e instituciones) por ser responsable de una situación de injusticia generalizada y/o sistemática; puede ser pacífica o violenta y es ejercida principalmente, pero no exclusivamente, por los que la sufren, de manera colectiva, con el fin revertir el orden legal existente. La resistencia hace referencia a la rebelión, a los movimientos revolucionarios que pretenden derrocar un gobernante o un sistema despótico y autoritario. 

Existen también experiencias de resistencia en México, no sólo las armadas, sino también civiles y pacíficas. 

Continuará…

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